Firmar un contrato de trabajo siempre es motivo de alegría, pero, antes de acelerarse a firmar, debemos tomarnos un tiempo para leer tranquilamente aquello que vamos a firmar.

El contrato de trabajo es el documento en el cual se recogen las condiciones laborales básicas de la relación laboral, en este documento encontramos datos tan importantes como: la jornada que se va a realizar, la duración del contrato, el salario a percibir, las vacaciones, la existencia -o no- de un periodo de prueba, el convenio colectivo aplicable…

Pero, ¿Qué tenemos que comprobar antes de firmar un contrato?

  1. Tipo de contrato y jornada laboral: Tenemos que asegurarnos que el tipo de contrato es aquel que nos han dicho. El contrato puede ser:
    1. Contrato indefinido.
    2. Contrato temporal.
    3. Contrato formativo (para la formación y el aprendizaje o contrato en prácticas).
    4. Contrato interino.
    5. Contrato de relevo.

Además, en función de la jornada esta puede ser  completa o a tiempo parcial.

  1. Datos de identificación: Debemos asegurarnos que tanto nuestros datos como los de la empresa/entidad que va a contratarnos son correctos.
  2. Cláusulas del contrato: Dentro de estas encontramos puntos como:
    1. El puesto de trabajo. Es importante comprobar que las funciones que se indican son las que efectivamente vamos a realizar y para las cuales nos han contratado.
    2. La jornada de trabajo, la duración del contrato y la duración del periodo de prueba.
    3. La duración de las vacaciones anuales. En cualquier caso, toda persona trabajadora tiene derecho a mínimo 30 días de naturales.
    4. La retribución salarial. Es decir, lo que se va a cobrar.
    5. El convenio colectivo aplicable. Para que la persona trabajadora pueda conocer sus derechos es necesario que conozca su convenio.
  3. Cláusulas adicionales: En caso de que las haya es importante revisarlas. Dentro de estas cláusulas pueden salir puntos como: Establecimiento de horas extraordinarias en el caso de un contrato a jornada completa o complementarias en el caso de un contrato a tiempo parcial, el pacto de no concurrencia, el pacto de no competencia, pacto de permanencia, pacto de confidencialidad…

Por último, recordar que, como personas trabajadoras debemos tener una copia del contrato firmado por la empresa.

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