La prestación contributiva por desempleo solamente la pueden cobrar aquellas personas que hayan cotizado al menos 360 días. Su duración depende de varios factores.  Aun así, cabe destacar que el Servicio De Empleo Estatal (SEPE) cuenta con otros siete subsidios por desempleo que se pueden solicitar si ha agotado el paro o no tenemos derecho a él.  Es importante recalcar que para estos subsidios también, habrá una serie de requisitos que hay que cumplir.

  • Subsidio por insuficiencia de cotización

Las personas que han trabajado menos de un año, también pueden acceder a un subsidio por desempleo, aunque su duración dependerá de los meses cotizados y de si existen o no responsabilidades familiares.

  • Subsidio por desempleo para mayores de 52 años

Algunos de los requisitos a cumplir por la persona serán: estar en situación de desempleo, no tener la condición de persona trabajadora fija discontinua, haber cotizado un mínimo de 6 años y reunir todo lo que pide el INSS para recibir una pensión de jubilación.

  • Subsidio para mayores de 45 años

Entre otros, este subsidio será para personas de 45 años o más que sean desempleadas de larga duración, hayan agotado la prestación contributiva y no consigan un empleo debido a su dificultad para acceder al mercado laboral. Además, no deben tener responsabilidades familiares a su cargo.

  • Ayuda familiar del SEPE

El SEPE también ofrece un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva.

  • Subsidio para personas emigrantes retornadas

Pueden pedirlo si han desarrollado una actividad laboral fuera y, al volver, no tienen derecho a recibir la contributiva. Otro requisito diferente a los comunes es que deben haber trabajado como mínimo 12 meses, en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.

  • Ayuda económica para personas con pensión de incapacidad

Para poder recibir esta ayuda, la persona debe tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%; haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción; y estar inscrita ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses.

  • Subsidio para personas liberadas de prisión

La persona beneficiaria deberá estar dada de alta como demandante de empleo, no haber rechazado oferta de colocación adecuada, no tener derecho a la prestación contributiva por desempleo y haber estado en prisión más de 6 meses. También podrán beneficiarse aquellas personas que hayan superado durante su tiempo en la cárcel alguna adicción a las drogas.

Por último, subrayar que esto que aparece aquí son pequeñas pinceladas de información en materia de prestaciones y que para poder solicitarla o conocer de primera mano si tenemos derecho a alguna de estas hay que consultarlo en la oficina del SEPE.

Share

Comments

Leave a reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.