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La autorización para trabajar, una opción intermedia |
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Escrito por Miren
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martes, 25 de septiembre de 2007 |
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De un tiempo a esta parte estamos comenzando a ver autorizaciones para trabajar, y aunque no somos juristas (y por tanto aconsejamos que ante cualquier duda al respecto lo mejor es ponerse en contacto con un servicio de atención jurídica: Heldu, Norabide...) nos parece importante explicar a "grosso modo" que son y que difrencia hay con un permiso de trabajo.
Una autorización para trabajar la pueden solicitar aquellas personas que ya tienen un permiso de residencia por reagrupación familiar.
Importante: una autorización para trabajar NO es un permiso de trabajo. Esto quiere decir que no hay cambio de tarjeta (se sigue con el permiso de residencia y se está condicionado a este permiso: se sigue dependiendo de la persona que reagrupó a la persona para la renovación).
Para solicitarla hay que contar con un contrato de trabajo, pero los requisitos no son tan altos como para un permiso de trabajo (contrato de 1 año o de 6 meses con un poco de suerte). Pueden ser ofertas a media jornada o de corta duración, lo importante es que al mes la persona no llegue a cobrar el salario mínimo interprofesional (570 euros). En el caso de superarlo, hay que solicitar el permiso de trabajo (y cumplir los requisitos necesarios). ejemplos: contratos de ayuda a domicilio, que son por horas; de auxiliar de vigilante de seguridad de fin de semana...
Para la tramitación hay que presentar la misma documentación que para el permiso de trabajo (que es mucha) y los plazos de respuesta son los mismos (unos 20 días en Álava)
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